La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por mayoría que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no puede invalidar suspensiones otorgadas en amparo por jueces federales. El proyecto para exhortar a cumplir las suspensiones no prosperó. Se enfatizó que el TEPJF no puede juzgar a los jueces. La SCJN reafirma la autonomía de los jueces de amparo y delimita las atribuciones del Tribunal Electoral.
El TEPJF no tiene la facultad de anular suspensiones en contra de la reforma judicial, según determinó la SCJN.
